Fines de la educación

FINES DE LA EDUCACIÓN
La sociedad actual está en acelerado proceso de modernización, camina cada vez más nítidamente, hacia un horizonte común: Europa. Hoy se concede gran importancia a la educación y a la formación tratándolas de adaptarlas a la apertura del espacio individual, político, cultural y productivo, a la mayor rapidez y complejidad de los cambios de todo tipo.
La respuesta educativa a la diversidad ha ido evolucionando desde modelos segregadores a modelos cada vez más integradores.
El principio de normalización nace en el campo social con objeto de eliminar prejuicios y se aplica en la educación a las personas que necesitan una atención especial
Importantes hitos que se han realizado en el campo educativo son:
1º Ampliación de la educación básica, llevándola hasta los dieciséis años,
la edad mínima legal de incorporación al trabajo.
2º Ordenación del Sistema educativo
3º Reforma de la Formación Profesional

Los fines de la educación son:
a) El pleno desarrollo de la personalidad del alumno
b) la formación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales y en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia
c) La adquisición de hábitos intelectuales y técnicas de trabajo, así como de conocimientos científicos, técnicos, humanísticos, históricos y estéticos.
d) La capacitación para el ejercicio de actividades profesionales
e) La formación en el respeto de la pluralidad lingüística y cultural de España
f) La preparación para participar activamente en la vida social y cultural
g) La formación para la paz, la cooperación y la solidaridad entre los pueblos.

La finalidad de la Educación Secundaria obligatoria: Transmitir a todos los alumnos los elementos básicos de la cultura, formales para asumir sus deberes y ejercer sus derechos y prepararles para la incorporación a la vida activa o para acceder a la formación profesional específica de grado medio o bachillerato. Estos objetivos y fines son para todos y cada uno de los alumnos, tanto para los más alumnos con altas habilidades como para los alumnos que presentan algún tipo de deficiencia.
La integración de los niños discapacitados en los colegios se ha realizado de diferentes maneras si analizamos las distintas publicaciones que hay en relación con el tema. En los que si coinciden todos es en la necesidad de modificar las actitudes de la comunidad escolar respecto a la integración de los niños discapacitados.
En los Institutos de Educación Secundaria se han ido integrando alumnos desde el año 1992, en algunos Centros En un primer momento, padres, profesores y alumnos, no tenían modelos claros, ya que si bien se había conseguido resultados positivos en Educación General Básica y empezaba a aparecer bibliografía sobre esta experiencia, era situación novedosa en los Institutos. No se podía generalizar las experiencias adquiridas en los colegios porque la organización y el estilo de estos eran diferentes. Este concepto necesita continua revisión ya que no es un tema cerrado, porque si bien nadie niega que un alumno con discapacidad ha de encontrarse en un ambiente normalizado, que ha de aprender a convivir en la sociedad en la que va a transcurrir su vida, cada vez es mayor el número de voces pidiendo una forma diferente de integración, una forma donde a cada alumno se de una respuesta según sus capacidades, según su proyecto de vida, sus aspiraciones, sus necesidades.

4.- MARCO LEGAL
El marco legal en el que nos basamos es el Artículo 27 de la Constitución Española: (BOE 29/12/78) por el que se reconoce el derecho a la educación, en que esta será obligatoria y gratuita ... En el artículo 49, se alude a una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración a los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos.
En el BOE 30/04/82 aparece la Ley de Integración social de los minusválidos (LISMI), en la que el minusválido se integra en el sistema ordinario de la educación, recibiendo programas de apoyo y recursos que necesite. Esta Ley 9983,13/ 1982, de 7 de abril, (BOE 30/04/82) de integración social de los minusválidos supone un avance fundamental en el desarrollo de este derecho para un número importante de la población. Se fundamenta en la Constitución y en la Declaración de los Derechos del Deficiente Mental, aprobada por las Naciones Unidas en 1971, y propugna que los poderes públicos (Administración Central, Comunidades Autónomas. Corporaciones Locales, Sindicatos, Organismos públicos) presten los recursos necesarios y el apoyo a las entidades privadas sin ánimo de lucro, para la total integración del minusválido.
Además, deberán sensibilizar a toda la comunidad y establece que todas las medidas para la promoción educativa, cultural, laboral y social se lleven a cabo mediante su integración en las instituciones de carácter general, excepto cuando sea imposible atenderlos en ellas y necesiten unos servicios y atenciones especiales.



Comentarios

Entradas populares de este blog

Clasificación de valores en Ortega y Gasset

diferencia entre Sinodo y Concilio

Diferencias y semejanzas entre el Bautismo de Juan Bautista y Jesús