la Reconciliación en el concilio Vaticano II

.- Concilio Vaticano II. Estructura de la reconciliación
La estructura penitencial del CV II es una estructura de reconciliación porque, teniendo especialmente en cuenta la intervención y dimensión eclesial de la penitencia y de sus expresiones históricas, pretende manifestar en su forma externa la esencia interpersonal y relacional de la reconciliación (Dios-Iglesia-sujeto), así como su inserción en la historia social de reconciliación entre los hombres.
Lo presenta como un sacramento de curación junto a la Unción de Enfermos. En el Bautismo se recibe la gracia, se perdona los pecados, hace participar de la vida trinitaria por la gracia santificante. lo incorpora a Cristo y la Iglesia, participa del sacerdocio de Cristo, da las virtudes teologales, y los dones del Espiritu Santo. Esta vida nueva dada por el Bautismo puede debilitarse y perderse para siempre por culpa del pecado, por lo que Cristo quiere que su Iglesia continúe su obra de curación y de salvación mediante estos dos sacramentos.
Por tanto, el CV II, sobre todo en el Ritual de la penitencia, no insiste en la "estructura de penitencia", ni en la "estructura de confesión", sino en otra más totalizante y complementaria: la "estructura de reconciliación".
Según esta estructura, la Penitencia es un encuentro en el que intervienen los tres personajes fundamentales: Dios, la Iglesia y el penitente (actos de conversión - confesión - satisfacción). Así mismo, uno de los aciertos del CV II fue destacar los aspectos pneumatológicos y eclesiológicos del sacramento (LG 11, SC 72).
La actual estructura de la Penitencia sacramental pone de relieve la conexión existente entre todos los actos del sacramento, porque todos concurren para realizar la misma acción sacramental, su significado y sus efectos.
En el año 1973 se culmina el Ordo Paenitentiae, donde se ofrece 3 formas de celebración:
El individual: de la forma tradicional pero modificado en el planteamiento ( se prevé una lectura bíblica aunque breve) y en la formula de absolución
La comunitaria con confesión: seguida de la absolución individual
La comunitaria con confesión: seguida de una absolución general (en casos especiales y con el consentimiento del Obispo).

5.1.- Dimensión personal de la penitencia
Esta dimensión presenta tres momentos: Contrición, confesión y satisfacción.
A) Contrición
Al hablar de contrición es necesario partir de la conversión que se puede dividir en:
a) La conversión primera como la respuesta del hombre a la invitación que procede de Dios en Cristo, por la fuerza del Espiritu Santo y a través de la Iglesia. Queda sellada por el Bautismo.
b) La conversión permanente es la conversión para no dejar nunca de creer, es una actitud existencial.
c) La conversión segunda es la respuesta del bautizado que en situación de pecado mortal, es decir, habiendo roto con la Iglesia y con Dios, para recuperar y orientar su vida hacia esa conversión primera.
Esta es el Centro del proceso penitencial. La conversión es toda de Dios Nos convertimos desde Dios (iniciativa), por Dios (gratuidad) y para Dios (fin). Pero la conversión también está referida a la Iglesia, pues nos convertimos en la Iglesia (pertenencia), por la Iglesia (mediación) y para la Iglesia (comunión)]; y la manifestación externa es doble: por medio de las obras de justicia y caridad por las que se verifica la verdad de la conversión en la vida; y por medio de signos eclesiales, por los que el penitente manifiesta su conversión ante la Iglesia: no hay conversión sin sacramento, ni sacramento sin conversión.
En la Parábola del Hijo Pródigo (Lc.15,1 1-24) encontrarnos todo el proceso de la Reconciliación.
Esta conversión o arrepentimiento puede ser de dos clases:
A )Atrición: El arrepentimiento surge por el simple fracaso humano, que el pecado conlleva en muchas ocasiones o por temor a las consecuencias. Es un arrepentimiento imperfecto, pero lleva el propósito de no volver a pecar.
B) Contrición Por el contrario, este arrepentimiento puede venir al descubrir la grandeza del amor de Dios y este arrepentimiento es pleno total y suficiente. Surge también por el temor de verse separados de Dios por los pecados.
¿Qué eficacia tienen ambas? La atrición puede ser considerada como una actitud válida en el proceso hacia la conversión verdadera, pero no como una actitud suficiente para la justificación, ni para la misma celebración del sacramento pleno.

B) Confesión de los pecados
Por la confesión, el hombre se enfrenta a los pecados de los que se siente culpable, asume su responsabilidad y por ello se abre de nuevo a Dios y a la comunión de la Iglesia, con el fin de hacer posible un nuevo futuro. Es la manifestación externa oral de los pecados.
Se deben enumerar los pecados mortales que se tenga conciencia de ellos y sin ser necesario la confesión de los veniales, la iglesia recomienda hacerlo, para formar la conciencia, y progresar en la Vida espiritual. El CIC insiste también en la confesión individual, con obligación de confesar según "especie y número todos los pecados graves conocidos"; se habla del sacerdote más como juez que como médico. La Exhortación "Reconciliación y Penitencia", de Juan Pablo II, presenta la confesión oral de forma pastoral y litúrgica, acentuando su carácter de "signo", del encuentro del pecador con la Iglesia y con Dios, y su carácter de "gesto litúrgico" que expresa la lealtad y la valentía. A la vez, se pone de relieve su carácter personal y social.
¿Qué se consideran pecados mortales? Son los cometidos con:
- Pleno conocimiento, o sea, que se sepa sin lugar a dudas que una acción contra Dios
- Pleno consentimiento, es decir, la aceptación total por parte de nuestra voluntad para cometer esa acción
- Materia grave. Dado el pleno conocimiento y el pleno consentimiento, queda aún el criterio de la gravedad de la acción misma.
Se debe confesar como mínimo, una vez al año los pecados, y no se puede comulgar si se está en pecado mortal.

C) Satisfacción
Representa la autenticidad del cambio, repara el mal causado, asume responsabilidades, demuestra la continuidad de la lucha contra el pecado, que no acaba con la confesión.
Muchos pecados causan daño al prójimo. Es preciso hacer lo posible para repararlo (por ejemplo, restitución de cosas robadas, restablecer la reputación del que ha sido calumniado, compensar las heridas, etc.) la simple justicia exige esto. La absolución quita el pecado, pero no remedia todos los desórdenes que el pecado causó.
Liberado del pecado, el pecador debe todavía recobrar la plena salud espiritual. Por tanto, debe hacer algo para reparar sus pecados: debe "satisfacer" de manera apropiada, debe "expiar" sus malas acciones. Esta satisfacción se llama ordinariamente penitencia, que el confesor impone y debe tener en cuenta la situación personal del penitente y buscar su bien espiritual. Debe corresponder todo lo posible a la naturaleza y gravedad de los pecados cometidos. Puede consistir simplemente en oraciones, pero también en ofrendas, obras de misericordia, servicios al prójimo, privaciones voluntarias, etc. Tales penitencias nos configuran con Cristo el Señor que expió nuestros pecados con su sacrificio en la Cruz. (Rm 3,25).
Entre las interpretaciones teológicas de la satisfacción se encuentra:
a) Rahner: Interpretación más antropológica. La gracia de la conversión quiere en sí abarcar toda la persona y la naturaleza del hombre, de modo que todo el ser del hombre sea sanado y santificado. Pero no se puede afirmar que esto suceda en toda conversión. La transformación plena y total puede significar una historia dolorosa y prolongada hasta llegar a superar las consecuencias del pecado, la inclinación pecaminosa. Esta es justamente la "pena", este es el castigo que en cierto sentido engendra la culpa.
b) Duquoc: Interpretación más social. La satisfacción es la expresión simbólica más clara de un compromiso y una lucha permanente contra el pecado y todas sus consecuencias, a todos los niveles: personal, social, eclesial, político, económico.
c) Borobio: Interpretación más dinámica-sacramental. Su tesis es que el sentido de la satisfacción debe revalorizarse recuperando también su puesto histórico sacramental, de modo que aparezca también su pertenencia a la estructura del signo, aún buscando una continuidad en el compromiso penitencial. Al menos en determinadas circunstancias y casos, la satisfacción debería hacerse antes de la reconciliación. Cree que este orden es posible en cualquiera de las formas que hoy propone la Iglesia para la celebración del sacramento, y tendría las siguientes ventajas: seriedad: pues supondría una "actio poenitentiae" más adaptada a la necesidad de los sujetos, con verificación real de su incidencia en el cambio de vida, la reparación del daño, el compromiso social; espacialidad: si la conversión tiene su historia y necesita espacio y tiempo, es preciso proponerlo dentro del mismo proceso penitencial, de modo que se respete la historicidad de la persona humana; eclesialidad: para sacar a la penitencia de su individualismo, y hacerla verdaderamente comunitaria y eclesial, no basta reunir a los fieles en asamblea, es preciso que la solidaridad se manifieste creando espacios para la oración, la corrección, la acogida; proporcionalidad: la proporción y adaptación de la satisfacción a las necesidades del sujeto puede verificarse mucho mejor en un tiempo intermedio, también proporcionado; dinamismo coherente: la recuperación del puesto originario de la satisfacción da a la celebración un dinamismo, un carácter de progresividad en perfecta coherencia con el sentido.
Sin embargo, para el Prof. Flórez García lo decisivo no es la recuperación del puesto originario de la satisfacción, sino que se valore en ella la necesidad de impulsar al esfuerzo de la conversión hacia un compromiso de tipo práctico tanto en el plano individual como social.
En conclusión, la práctica del sacramento en su totalidad es satisfacción, obra penitencial. En cuanto parte del sacramento, la satisfacción contribuye de manera específica a significar la dimensión penitencial del acto sacramental.

5.2.- Dimensión trinitaria
La reconciliación en una obra de Dios, de la gracia de Dios, que sale al encuentro del hombre para acogerlo y perdonarlo. Es una donación de Dios al hombre y a su vez, en Cristo es revelada para que sea acogida por el ser humano.
La Exhortación apostólica Reconciliatio et Paenitentia hace ver la estrecha conexión existente entre la iniciativa de Dios Padre y la obra del Hijo: “esta iniciativa se concreta en el misterio de Cristo redentor, reconciliador, que libera al hombre del pecado en todas sus formas”. La misión del Espíritu Santo (ES) en la obra de la Reconciliación corresponde a su papel en la obra del Padre y del Hijo, y en la misión de la Iglesia. El penitente se acerca al sacramento de la penitencia “movido por el ES” (Ritual de la Penitencia). El misterio de la reconciliación, fruto de la muerte y resurrección de JC, es también don del ES. La reconciliación con Dios y con la Iglesia se produce “por la acción de Cristo y la gracia del Espíritu Santo”. Las tres divinas personas concurren, pues, en la obra de la reconciliación, que manifiesta el amor y la misericordia del Padre hacia los hombres, la solidaridad del Hijo con la condición humana pecadora y la fuerza y riqueza del ES en su lucha contra los poderes del mal y en defensa de la santidad de la Iglesia.
La reconciliación no es sino una vuelta al Padre, que nos amó primero, a JC, que se entregó por nosotros y al ES, que ha sido derramado en nuestros corazones. La fórmula de la absolución, que hace referencia por separado a Dios Padre misericordioso, a la muerte y resurrección del Hijo y al don del ES para el perdón de los pecados, concluye indicando el efecto del sacramento “en el nombre del Padre, y del Hijo, y del ES”.
Es dinamizada por el misterio de la Trinidad. Es un encuentro memorial, puesto que se trata de un signo rememorativo del acontecimiento reconciliador de la Pascua de Cristo, por lo que se recupera la amistad con El. Así mismo es una anticipación de la victoria definitiva sobre el pecado.
Significa un paso de renuncia y entrega, un paso del pecado a la gracia, y una reconciliación y renovación de vida de alianza y de compromiso con Dios. Por ello, este sacramento desemboca en un encuentro, el cual implica un proceso existencial Pascual. Es una Teología de encuentro que da sentido a toda la humanidad a través del Misterio de la Trinidad como fundamento de la reconciliación sacramental, en correspondencia con el carácter salvífico y su misión liberadora.





5.3.-Dimensión eclesial
El Sacramento de la Penitencia restaura la comunión con la Iglesia. No solamente cura al pecador arrepentido, sino que tiene también un efecto vivificante sobre la vida misma de la Iglesia que había sufrido por el pecado de uno de sus miembros. Es una acción de la Iglesia penitente y santa, apoyada en el recuerdo de la pasión y muerte expiatoria de Cristo. El pecado del cristiano afecta a toda la iglesia por ser el Cuerpo místico de Cristo.
Una vez restablecida plenamente su participación en la Comunión de los Santos, goza de los bienes espirituales de aquellos que se hallan ya en la Patria Celestial y de los que aún peregrinan en la tierra.

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