Canon 8 y 9 del Concilio de Trento. Comentario

A.- Concilio de Trento

Can. 9.

Si alguno dijere que los clérigos constituidos en órdenes sagradas o los regulares que han hecho profesión solemne de castidad, pueden contraer matrimonio y que el contraído es válido, no obstante la ley eclesiástica o el voto, y que lo contrario no es otra cosa que condenar el matrimonio; y que pueden contraer matrimonio todos los que, aun cuando hubieren hecho voto de castidad, no sienten tener el don de ella, sea anatema. Dios, en efecto, no niega este don a quienes se lo piden rectamente y no consiente que seamos tentados más allá de aquello que podemos [cf. 1 Cor 10, 13].

Can. 10.

Si alguno dijere que el estado conyugal debe anteponerse al estado de virginidad o de celibato, y que no es mejor y más perfecto permanecer en virginidad o celibato que unirse en matrimonio [cf. Mt. 19, 11 s; 1 Cor. 7, 25 s 38 40], sea anatema

El Concilio de Trento tuvo especial importancia en el paso de la Edad media a la Edad moderna, de una visión teocéntrica a otra antropocéntrica. Fue un obispo ecuménico convocado por Paulo III, no sólo para responder a la llamada Reforma de los protestantes, sino también para fijar el dogma católico por la degradación que entonces existía. Se desarrolló entre 1545 y 1563, con varia interrupciones
Se trató de especificar los siguientes dogmas :

• La idea de la salvación del ser humano tanto por la fe como por las buenas obras.
• Una mayor moralización del clero.
• La consideración de la presencia real de Cristo en el sacramento de la Eucaristía.
• El control de la acumulación de los altos cargos en la jerarquía eclesiástica.
• El control de las indulgencias en detrimento de su abuso.
• La Vulgata de San Jerónimo como texto oficial de la Biblia.
• La interpretación de las Sagradas Escrituras reservada a la Iglesia católica.
• La sistematización de las ceremonias litúrgicas.
• La veneración a la Virgen y a los santos.
• La creación de seminarios diocesanos.
• La creación de los archivos parroquiales.

Respecto al sacerdocio pone como fundamento la celebración de la Eucaristía, instituida en la Cena del Señor, como sacerdocio cultual y centrado en el culto. Se preocupa por la formacion de los sacerdotes, creando los seminarios, y se sistematizan las ceremonias liturgicas.

Se presenta las declaraciones doctrinales mediante canones, y en cada canon hay menciones a la Escritura para refutar lo que se dice. Termina siempre con la palabra antema que significa maldito por Dios, excomulgado, expulsado de la iglesia Cristiana, y por tanto, no salvo.

El canon 9 está dedicado a las órdenes sagradas:
En el presenta 4 condenas:

1º Condena a aquel clérigo o aquel que ha hecho voto de castidad y no lo cumple.
2º Condena a los anteriores que contraen matrimonio y afirman que son validos.
3ª Condena a aquellos que afirma que lo anterior es condenar el matrimonio.
4º condena a aquellos que afirman no tener el don de la castidad

Frente a estas condenas se basa en 1Cor 10,13, afirmando que Dios ayuda a quien se lo pide y no permite ser tentado más de lo que puede resistir.

De esta forma negativa y condenando expone su idea sobre el celibato religioso, la superioridad de este en el ministerio sobre el matrimonio, y a la vez pone a Dios como garante de la fidelidad a su voto de castidad

El segundo canon , el 10, aclara un concepto sobre el estado de virginidad. Aparece una sola condena, y es para aclarar que el celibato o virginidad es mejor que el matrimonio.

Con estas expresiones aclara uno de los temas vigentes de ese momento puesto que los pastores protestantes se casaban alegando lo condenado en el primer canon comentado que dios no podía exigir permanecer célibes si ellos sentían no tener el don de ella.

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